
En el ámbito de la psicología forense y del derecho de familia, se ha vuelto cada vez más común considerar la voz del menor en las decisiones sobre custodia y regímenes de visitas. Sin embargo, es crucial entender por qué esta opinión, aunque debe ser escuchada como un derecho, no puede tener un peso determinante en la decisión final.
La incapacidad de proyectarse al futuro: una limitación neurobiológica
La ciencia es clara: la corteza prefrontal, responsable de la planificación a largo plazo y de la evaluación de las consecuencias futuras, no está plenamente desarrollada hasta bien entrada la veintena. Según Laurence Steinberg, experto en desarrollo adolescente, los menores simplemente no poseen la capacidad neurobiológica para anticipar qué es lo mejor para su futuro a largo plazo.
Emociones del momento e interferencias parentales
Además, la opinión de un menor puede estar fuertemente influenciada por las emociones del momento. Un niño o adolescente puede preferir a un progenitor que le resulta más permisivo o que le ofrece recompensas inmediatas, sin comprender las implicaciones a largo plazo de esa elección. También puede haber casos de interferencia parental, donde un progenitor influye en la opinión del menor mediante manipulación emocional o beneficios a corto plazo.
Escuchar sí, pero sin confundir la escucha con decisión
Es fundamental recalcar que escuchar al menor es un acto de respeto a sus derechos, pero no puede ser el criterio que defina su interés superior. Su voz debe tener un peso mínimo en la decisión final, precisamente porque carecen de la capacidad de proyectar las consecuencias a largo plazo de sus elecciones. No se trata de ignorar su perspectiva, sino de protegerlos de decisiones que ellos mismos no pueden dimensionar.
Conclusión: el verdadero interés superior del menor
Al final, el verdadero interés superior del menor se determina a través de una evaluación profesional y de criterios que van más allá de su deseo inmediato. Debemos asegurarnos de que cualquier decisión de custodia esté basada en lo que beneficiará al menor a largo plazo, no solo en lo que él cree querer en el momento presente.
En Dignus Concept realizamos precisamente ese trabajo técnico y riguroso: escuchar al menor cuando procede, pero establecer límites firmes y profesionales a su discurso. A través de una evaluación psicológica forense exhaustiva, aportamos la función que el menor aún no puede ejercer por sí mismo: esa “corteza prefrontal externa” que analiza, pondera y decide pensando no en el alivio inmediato, sino en lo que verdaderamente es más adecuado para su desarrollo emocional y su bienestar futuro.